La Voz del Instinto/Columna

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Por Martha Isabel Parra

El calvario de las mujeres mexicanas

La lucha contra la violencia feminicida en México da a luz a una nueva ley, la semana pasada fue presentada la iniciativa por la presidenta de México Claudia Sheimbaum, se llama Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, y será enviada al Congreso el próximo 15 de abril de 2026.

Esta ley general se viene a sumar a una gran cantidad de leyes existentes en México, desde que se promulgó la llamada Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que data del año 2007 y en 2012 se tipificó el feminicidio para nombrar a la muerte violenta de mujeres que empezaba a visibilizarse. En 2021 se tiene el registro más alto de muertes violentas de mujeres, y según las cifras oficiales, esto ha ido a la baja, ¿será que tantas leyes han servido de algo? ¿O será que los gobiernos prefieren maquillar las cifras para que mundialmente no seamos vistos como un país feminicida? Las cifras oficiales establecen que actualmente en México mueren por violencia de 7 a 10 mujeres al día. Anteriormente se afirmaba que 11 mujeres mexicanas morían diariamente por violencia feminicida. Como sea, ni una sola mujer debería morir de esa manera. Y bueno, la nueva Ley General hace un reacomodo de conceptos y busca que en todo el país éstos sean homologados pues responde a la necesidad de estandarizar las actuaciones ministeriales y judiciales para evitar la impunidad, garantizando que el contexto de género sea el eje central de las investigaciones. Algunos puntos clave de esta ley:

  • Homologación Nacional: Busca que el delito se defina y sancione de la misma manera en los 32 estados, eliminando las diferencias actuales que complican la procuración de justicia.
  • Investigación Protocolizada: Establece la obligación de que cualquier muerte violenta de una mujer se investigue inicialmente con perspectiva de género y bajo el protocolo de feminicidio.
  • Nuevas Razones de Género: Se amplía el catálogo para definir el feminicidio, reconociendo signos de violencia sexual, lesiones degradantes, antecedentes de violencia y asimetrías de poder.
  • Penas Estrictas: Se homologan las sanciones, estableciendo rangos altos de prisión (40 a 70 años).
  • Reparación Integral: Además de la sanción penal, la ley enfatiza medidas de reparación del daño para las víctimas indirectas, incluyendo la destitución e inhabilitación de funcionarios negligentes, pérdida de derechos sucesorios y de patria potestad del agresor.
  • Enfoque de Derechos Humanos: Eleva la investigación a un estándar nacional de cumplimiento obligatorio para erradicar la impunidad y la violencia estructural. 

Si bien esta es una esperanza para las personas que están buscando justicia por los casos de feminicidio de sus hijas, hermanas, madres, amigas, aún parece que el destino de las mujeres en México es luchar contra la violencia feminicida, en la casa, en la  familia, en el trabajo,  en las instituciones de gobierno, luchar contra la violencia del Estado, que es la  que sigue a un hecho en el que se pierde a una mujer de la familia, la de los funcionarios y jueces omisos o negligentes, que, en muchos casos, actúan, parece, en favor de los agresores. Por corrupción, por machismo, por discriminación, por odio o por favoritismo. Es el calvario de las mujeres mexicanas .Es, La Voz del Instinto.

Para saber

Leyes para combatir violencia feminicida en México:

  • Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Marco fundamental que define tipos de violencia y establece la Alerta de Violencia de Género.
  • Delito de Feminicidio (Código Penal Federal): Tipifica el asesinato de mujeres por razones de género con penas severas.
  • Ley Olimpia (Violencia Digital): Está aprobada y vigente en las 32 entidades federativas de México, además de haber sido elevada a nivel federal. Reconoce y sanciona la violencia digital y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
  • Ley Malena (Violencia Ácida): Esta ley tipifica los ataques con ácido como tentativa de feminicidio. Fue impulsada por María Elena Ríos y hacia 2024-2025 ya ha sido aprobada en 15 estados de la república mexicana.
  • Ley Monse (Contra Encubrimiento de Feminicidas): Impulsada tras el feminicidio de Montserrat Bendimes, elimina el parentesco como causa de exclusión de responsabilidad en delitos como feminicidio (evita que familiares ayuden al agresor). Está vigente en  Veracruz,  Morelos, Ciudad de México, Oaxaca y Tabasco.
  • Ley Sabina (Deudores Alimentarios): Busca obligar a los padres a cumplir con las pensiones alimenticias. Nació en Oaxaca y se ha replicado sólo en algunos congresos locales para crear registros de deudores.
  • Ley Monzón: Esta reforma suspende la patria potestad a padres feminicidas o vinculados a proceso por este delito. Fue aprobada inicialmente en Puebla y se ha replicado en al menos otros 5 estados adicionales. Actualmente está pendiente su aprobación para elevarla a nivel federal.
  • Ley Valeria (Violencia Vicaria/Feminicidio): Generalmente asociada a la agresión contra familiares de la víctima para causar dolor, la legislación para combatir la violencia vicaria se ha aprobado ya en gran parte del país, incluyendo Puebla, Estado de México, Ciudad de México, Hidalgo, entre otros

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