Fotografía: Redacción CIgdl.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que los partidos políticos podrán participar, con voz pero sin voto, en la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE). La resolución fue unánime y representa un cambio importante en la forma en que los partidos políticos interactúan con los órganos encargados de garantizar la transparencia en los procesos electorales.
La decisión se tomó tras revisar recursos presentados por el Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC), quienes argumentaron su exclusión del órgano encargado de verificar la integridad de las candidaturas. La Sala Superior revocó parcialmente el acuerdo INE/CG552/2026, señalando que la legislación electoral vigente no prohíbe expresamente la participación de los partidos en dicha comisión.
El tribunal aclaró que, aunque los representantes partidistas podrán acceder a información operativa y estadística relacionada con los procedimientos, no podrán tener acceso a datos que permitan identificar, de manera directa o indirecta, a las personas investigadas. Además, el INE deberá establecer mecanismos que aseguren la confidencialidad de la información y definir obligaciones específicas para quienes participen en la comisión.
La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, que forma parte de los órganos permanentes del INE, tiene como función principal revisar la información relacionada con los perfiles que los partidos políticos proponen para cargos de elección popular. Con esta resolución, se busca fortalecer la transparencia y la participación de los partidos en los procesos de control y verificación, sin comprometer la confidencialidad de los datos sensibles.


