Ordena Tribunal Electoral nueva consulta en Bolaños sobre cambio de régimen

Ordena Tribunal Electoral nueva consulta en Bolaños sobre cambio de régimen

Fotografía: Redacción CIgdl.

En máximo un año el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) deberá de realizar una nueva consulta entre los habitantes de Bolaños sobre el cambio de régimen al de Usos y Costumbres respetando la libertad y se recia del voto, ordenaron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado al revocar el cómputo de la consulta realizada este año.


La resolución de los magistrados ordena que el proceso tendrá que llevarse a cabo en un período no mayor a los 220 días hábiles, tras avalar la impugnación que interpusieron 711 habitantes de ese municipio contra el cómputo aprobado por el IEPC de la consulta.


Esta consulta deberá “respetar plenamente la secrecía del voto, la libertad de participación, la igualdad entre las personas votantes indígenas y no indígenas, y el acceso oportuno a información suficiente y clara para los ciudadanos”.


De esta forma los integrantes del pleno del Tribunal Electoral determinaron revocar el acuerdo del IEPC que validó el cómputo total de la participación ciudadana, al advertir irregularidades que comprometieron los principios esenciales de un ejercicio democrático válido.


Los inconformes en su petición de juicio señalaron que hubo diversas vulneraciones a sus derechos político-electorales durante el desarrollo de la consulta organizada por el Instituto Electoral. Tras el análisis del caso, el Tribunal concluyó que “el proceso no garantizó plenamente la libertad ni la secrecía del voto, elementos que constituyen condiciones mínimas para el ejercicio libre y auténtico de la voluntad ciudadana”.


El Tribunal enfatiza que la legitimidad de todo proceso democrático descansa en la vigencia efectiva de los derechos fundamentales, los cuales funcionan como límites al poder, ya provenga de mayorías sociales, instituciones del Estado o autoridades comunitarias.


En este sentido, se estimó que “las irregularidades observadas generaron una afectación estructural al principio de universalidad de las garantías constitucionales, condición indispensable para asegurar que todas las personas puedan participar en igualdad de circunstancias y sin presiones de ningún tipo.

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