Fotografía Redacción CIgdl.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició su primer periodo general de vacaciones de 2026, vigente del 20 al 31 de julio, durante el cual se suspende el cómputo de plazos y términos en diversos procedimientos administrativos.
La medida aplica para trámites como requerimientos, notificaciones, diligencias y otros procesos sujetos a días hábiles. Sin embargo, el organismo aclaró que esta pausa no modifica las fechas para presentar declaraciones ni realizar el pago de impuestos, por lo que los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones conforme al calendario fiscal.
Asimismo, los servicios digitales del SAT, incluido el Buzón Tributario, continuarán operando con normalidad. Los plazos administrativos se reanudarán el siguiente día hábil tras concluir el periodo vacacional, el 31 de julio.


